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¿Qué se entiende por Propiedad Horizontal?

La Propiedad Horizontal comprende los inmuebles en los que confluyen los derechos de propiedad ex- clusiva sobre bienes privados, y derechos de copropiedad sobre el terreno y los demás bienes comunes.

¿Cómo se vincula el IDPAC con la Propiedad Horizontal?

El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal – IDPAC-; en materia de propiedad horizontal, se encarga de promover y fortalecer la participación ciudadana de las personas vinculadas a:

  1. Organizaciones de Propiedad Horizontal[1] ubicadas en el Distrito Capital.
  2. Consejos Locales de Propiedad Horizontal.
  3. Consejo Distrital de Propiedad Horizontal.

En ese sentido, el Instituto se encarga de establecer los lineamientos para el funcionamiento de los Consejos Locales de Propiedad Horizontal, teniendo en cuenta que los mismos constituyen instancias de participación ciudadana de carácter consultivo y asesor de la Administración local. Para tales efectos, el Instituto interviene en la promoción, fortalecimiento y fomento de la participación ciudadana para conformar dichas instancias de participación y en la orientación sobre la apropiación de los mecanismos de participación para proponer alternativas de solución a las necesidades de las Organizaciones de Propiedad Horizontal del Distrito Capital, surgidas de los vecinos y copropietarios, pasando de ser sujetos pasivos a liderar las mismas.

El acompañamiento que realiza el IDPAC tiene cuatro fines que se detallan a continuación:

 

Promover, Fortalecer, Fomentar y Orientar

 

 

[1] Entiéndase por Organizaciones de Propiedad Horizontal las Copropiedades, Entidades sin ánimo de lucro que agrupan a las copropiedades, Órganos participativos de las copropiedades (V.gr Asamblea de Copropietarios, Consejos de Administración y Comités de Convivencia); independientemente de la calificación que tenga en cuanto a residencial, comercial o mixta

 

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