Subdirección de Asuntos Comunales
Cuerpo

¿Quiénes somos?

El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal “IDPAC” es entidad adscrita a la Secretaría de Gobierno que tiene a través de la Subdirección de Asuntos Comunales la función de la inspección, vigilancia y control “IVC” sobre las organizaciones comunales de primer y segundo grado (Juntas de Acción Comunal y Asociaciones de Juntas de Acción Comunal) así como del fortalecimiento de las mismas en temas de participación.

Esta oficina cuenta con un equipo humano que trabaja en todas las localidades del Distrito Capital de la mano con la comunidad para acercar a la Administración Distrital a la ciudadanía y fortalecer a las organizaciones comunales, cualificando a sus líderes.

Funciones

De acuerdo con el Artículo 25 del Decreto 2350 de 2003, el IDPAC como entidad de inspección, control y vigilancia, tiene dentro de sus funciones:

1. Conocer en segunda instancia de las demandas de impugnación contra la elección de dignatarios de organismos comunales y las decisiones adoptadas por los órganos de dirección, administración y vigilancia de los organismos comunales.

2. Realizar el registro sistematizado de los organismos de acción comunal sobre los que ejerza inspección, control y vigilancia, de conformidad con lo establecido el artículo 76 de la Ley 2166 de 2021.

3. Expedir los actos administrativos de reconocimiento, suspensión y cancelación de la personería jurídica de los organismos comunales.

4. Expedir a través de actos administrativos la inscripción y reconocimiento de los órganos de dirección, administración y vigilancia y de dignatarios de los organismos comunales.

5. Certificar sobre los aspectos materia de registro cuando así lo soliciten los organismos comunales o sus afiliados o afiliadas.

6. Remitir trimestralmente al Ministerio del Interior y de Justicia una relación detallada de las novedades en los aspectos materia de registro.

7. Brindar asesoría técnica y jurídica a los organismos comunales y a sus afiliados o afiliadas.

8. Absolver las consultas y las peticiones presentadas por los organismos de acción comunal, sus afiliados o afiliadas, de su jurisdicción.

9. Vigilar la disolución y liquidación de las organizaciones de acción comunal.

 

Yo soy Comunal

Normativa Asuntos Comunales

En este espacio encuentra las leyes, decretos, resoluciones, circulares, boletines jurídicos y conceptos que rigen la acción comunal en Colombia.

La reglamentación busca orientar, brindar y reconocer la mayor autonomía e independencia de la organización comunal frente al Gobierno Nacional, sin abandonar sus responsabilidades de vigilancia y el control a fin de preservar el interés general y la legalidad.

Acuerdo 257 de 2006

Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, distrito capital, y se expiden otras disposiciones. Descargue aquí

Ley 743 de 2002

Por la cual se desarrolla el artículo 38 Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal. Descargue aquí

Con los Decretos 2350 del 2003, 890 del 2008 y 1066 del 2015, se reglamenta la Ley 743 de 2002.

Decreto 2350 de 2003

Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 743 de 2002. Descargue aquí

Decreto 890 de 2008

Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 743 de 2002. Descargue aquí

Decreto 1066 de 2015

Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior. Descargue aquí

 

Encuentre aquí la ubicación geográfica de los Salones Comunales del Distrito.